La forma en que se organizaron las consultas interpartidistas para escoger candidatos presidenciales en Colombia dejó al descubierto un efecto inesperado —y polémico— en la financiación de las campañas: una distribución desigual de recursos públicos que podría terminar en una disputa jurídica de alto nivel. Lo que en principio fue una estrategia política para agrupar fuerzas en bloques ideológicos —derecha, centro y centroizquierda— terminó generando diferencias sustanciales en la reposición de votos, el mecanismo mediante el cual el Estado devuelve a los candidatos parte del dinero invertido en sus campañas.
El caso más ilustrativo es el contraste entre Paloma Valencia y Claudia López. Mientras la primera obtuvo más de 3,2 millones de votos en la denominada Gran Consulta por Colombia, la segunda alcanzó poco más de 576 mil en una consulta mucho más reducida. Sin embargo, la diferencia en votos no se traduce en una diferencia proporcional en recursos: por las reglas vigentes, Valencia recuperará cerca de 2 mil millones de pesos, mientras López podrá acceder a una cifra cercana a los 5 mil millones, pese a haber conseguido cerca de una quinta parte de los sufragios.
La explicación está en la arquitectura normativa diseñada por el Consejo Nacional Electoral, que fijó un tope global de gasto para cada consulta equivalente al 50% del límite permitido en una campaña presidencial de primera vuelta, es decir, unos 18.500 millones de pesos. Ese monto debía dividirse entre todos los candidatos participantes en cada consulta. En la práctica, esto implicó que en consultas con más aspirantes —como la de la derecha, con nueve precandidatos— el techo individual de gasto fuera considerablemente menor que en consultas con pocos participantes.
Así, mientras Valencia y sus competidores tuvieron un límite cercano a los 2.000 millones por campaña, en la consulta en la que participó López —apenas dos candidatos— cada uno podía gastar hasta cerca de 9.000 millones. Como la reposición de votos está condicionada tanto al número de votos obtenidos como al gasto reportado dentro de esos topes, el resultado es una distorsión evidente: quien más votos obtuvo no necesariamente recibe más recursos.
El diseño también impacta a otras candidaturas, como la de Vicky Dávila, que, pese a su visibilidad, quedó sujeta a los mismos límites individuales reducidos por pertenecer a una consulta numerosa. En contraste, campañas con menor competencia interna tuvieron mayor margen para gastar —y por tanto para recuperar— recursos.
El origen del problema radica en una combinación de factores: decisiones políticas tomadas al límite de los plazos legales, consultas armadas con configuraciones dispares y una reglamentación uniforme que no distinguió entre contextos diferentes. El resultado es un sistema que premia la estructura de la consulta más que el respaldo electoral efectivo.
La controversia ya escaló al terreno jurídico. En el Consejo de Estado cursan demandas que buscan tumbar la resolución del CNE, bajo el argumento de que se vulnera el principio de igualdad electoral. Uno de los demandantes sostiene que aplicar el mismo rasero a consultas con dos candidatos y a otras con nueve genera ventajas competitivas artificiales, al permitir que algunos aspirantes dispongan de más recursos sin que ello refleje un mayor apoyo ciudadano.
El Centro Democrático, colectividad de Valencia, también ha cuestionado el esquema, señalando que el número de competidores termina castigando financieramente a quienes participan en consultas más amplias. Desde su perspectiva, la regla desincentiva la pluralidad interna y castiga la competencia democrática dentro de las coaliciones.
Por su parte, el CNE ha defendido su decisión con un argumento fiscal: introducir diferencias según el número de candidatos podría disparar el gasto público en reposición de votos, abriendo una brecha difícil de sostener. En otras palabras, el organismo privilegia la sostenibilidad del sistema sobre una proporcionalidad estricta entre votos y recursos.
El debate de fondo, sin embargo, es más profundo y remite a la esencia de la equidad electoral. ¿Es justo que un candidato con millones de votos reciba menos recursos que otro con un respaldo significativamente menor? Desde una perspectiva estrictamente democrática, la respuesta tiende a ser negativa: el principio de representación sugiere que el apoyo ciudadano debería reflejarse, al menos en parte, en el acceso a financiación pública. La actual fórmula rompe ese vínculo.
No obstante, desde una óptica institucional, la regla busca evitar un incentivo perverso: que las consultas se conviertan en mecanismos para multiplicar el gasto estatal a través de la fragmentación de candidaturas. En ese sentido, el modelo intenta poner un techo al costo de la democracia interna de los partidos, aunque lo haga sacrificando proporcionalidad.
El resultado es un sistema que, sin ser abiertamente arbitrario, sí produce efectos desiguales dependiendo de cómo se configure la competencia. Más que un problema de legalidad, lo que emerge es una tensión entre dos principios difíciles de conciliar: la equidad en la contienda y el control del gasto público. La decisión final, que podría quedar en manos de los jueces, no solo definirá cuánto dinero recibe cada campaña, sino también qué tipo de democracia interna se incentiva en el futuro político del país.





