En una decisión que marca el terreno de la batalla legal que se avecina, el juez Hugo Carbonó Ariza, del Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado, definió hoy durante la audiencia preparatoria cuáles pruebas serán las válidas para el juicio en contra de Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro, por los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.
La jornada judicial, de la que el propio Nicolás Petro no asistió presencialmente argumentando dificultades para comprar tiquetes aéreos debido a su inclusión en la Lista Clinton, se centró en el minucioso escrutinio de las evidencias presentadas tanto por la Fiscalía General de la Nación como por la defensa del exdiputado.
El juez Carbonó dio luz verde a varios elementos probatorios considerados fundamentales para la acusación. Entre los más significativos se encuentran:
- El Testimonio y Evidencias Digitales de Day Vásquez: El magistrado admitió la totalidad de la diligencia de recepción de testimonio de la expareja de Nicolás Petro, Day Vásquez Castro, realizada el 28 de abril de 2023. De manera crucial, también avaló la incorporación del DVD que contiene la información extraída del celular que ella entregó a las autoridades. Frente a los argumentos de la defensa, que alegaba una “vulneración de garantías fundamentales” en la obtención de este material, el juez Carbonó fue contundente: “el DVD, el celular y sus extracciones no fueron obtenidos ilegalmente”. Esta decisión sella como prueba legal la vasta documentación que, se presume, Vásquez reunió sobre las finanzas de Petro.
- Declaraciones de Socios y Colaboradores: También fueron admitidos los testimonios de Máximo Noriego Rodríguez, rendido ante la Procuraduría el 2 de mayo de 2023, y el de Gabriel Elías Hilsaca, practicado ante la Fiscalía el 15 de septiembre del mismo año. La defensa de Nicolás Petro había solicitado la inadmisión de la declaración de Hilsaca, alegando que se obtuvo sin la presencia de abogados. Sin embargo, el juez determinó que al realizarse en la fase de investigación, previa a la imputación formal, la Fiscalía no incurrió en irregularidad alguna.
- La Fuente Humana: El juez admitió la declaración de la fuente humana que fue clave para ordenar la captura del hijo del presidente, validando así el origen de la investigación.
- Bienes Materia de Controversia: Se confirmó la legalidad de las pruebas relacionadas con el vehículo Mercedes Benz y el inmueble de Tubará, a pesar de lo que el juez calificó como “algunos procedimientos indebidos en la entrega de esos bienes”.
Ahora bien, en lo que constituye una victoria significativa para el equipo legal de Nicolás Petro, el juez Carbonó decidió excluir del proceso el interrogatorio en el que el acusado admitió su culpabilidad. Esta declaración, que en su momento generó un terremoto político, fue descartada porque, en concepto del juez, se vulneró el derecho fundamental de Nicolás Petro a no autoincriminarse. “Este despacho considera que se configura la vulneración de las garantías de las pruebas”, explicó Carbonó en su intervención.
Con estas decisiones, el juez Carbonó ha delimitado con precisión el campo de juego para el juicio. La Fiscalía pierde una pieza clave –la confesión– pero conserva el arsenal probatorio construido a partir del testimonio de su expareja y colaboradores, considerado por muchos analistas como el corazón de su caso.
La defensa, por su parte, logró descartar la prueba más dramática en su contra, pero deberá prepararse para enfrentar las evidencias digitales y testimoniales que pintan un complejo entramado financiero. El escenario queda listo para un juicio que, sin duda, estará bajo el escrutinio público y que pondrá a prueba no solo la suerte judicial de Nicolás Petro, sino también las repercusiones políticas para su padre, el presidente Gustavo Petro.





