El Tribunal Supremo de España ratificó el 12 de octubre de 2026 la suspensión cautelar del derecho al voto de un grupo específico de ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022 y conocida popularmente como Ley de Nietos. La medida mantiene las restricciones sobre la inscripción electoral de miles de españoles residentes fuera del país, incluidos numerosos ciudadanos de Cuba y otras naciones de América Latina.
La resolución judicial confirma las medidas cautelares adoptadas en septiembre y afecta a 163.020 personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), cuya nacionalidad fue tramitada mediante una instrucción del 25 de octubre de 2022, firmada por Sofía Puente, quien entonces ocupaba la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La restricción no se extiende a todos los beneficiarios de la Ley de Nietos ni a quienes adquirieron la ciudadanía española y residen actualmente en España.Una medida con repercusiones internacionalesLa decisión tiene especial relevancia para países como Cuba, Argentina, México, Venezuela y Uruguay, donde numerosas familias mantienen vínculos históricos con España y han recurrido a la legislación de memoria democrática para recuperar la nacionalidad de sus antepasados.La norma de 2022 permitió que personas nacidas fuera de España solicitaran la ciudadanía cuando su padre, madre, abuelo o abuela hubiera sido español de origen y hubiera perdido o renunciado a la nacionalidad como consecuencia del exilio por motivos políticos, ideológicos, religiosos o relacionados con la orientación o identidad sexual.Una instrucción administrativa posterior estableció la presunción de exilio para los ascendientes que hubieran abandonado España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, siempre que se acreditara su salida del territorio español. Este criterio facilitó la presentación y tramitación de miles de expedientes en distintos países, aunque su legalidad se encuentra cuestionada ante los tribunales.Según Estela Marina Pérez Cabrera, presidenta de la Asociación de Descendientes de Españoles por el Mundo (ADEM), alrededor del 90 % de los solicitantes recurrieron a esa instrucción para gestionar sus expedientes de nacionalidad.Preocupación entre los descendientes de españolesLa ratificación de las medidas cautelares ha generado inquietud entre los afectados y las organizaciones que representan sus intereses. En septiembre, ADEM presentó un escrito para personarse en el procedimiento judicial y un recurso de reposición contra las restricciones acordadas por el Supremo.Pérez Cabrera considera que impedir temporalmente el ejercicio del voto supone perjudicar a personas que tramitaron sus solicitudes conforme a los criterios establecidos por la propia Administración española. También advierte de que la controversia podría tener consecuencias más amplias si los tribunales terminan declarando inválida la instrucción administrativa.
El auto judicial permite a los afectados comparecer en el procedimiento como parte codemandada, mediante abogado y procurador, y presentar argumentos contra las medidas cautelares. El plazo establecido es de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la parte dispositiva de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.Sin embargo, el acceso a la defensa jurídica representa una dificultad adicional para muchos beneficiarios residentes en el extranjero. En Cuba, por ejemplo, los gastos asociados a la contratación de profesionales para intervenir en un proceso judicial en España pueden resultar inaccesibles para numerosas familias.El temor a perder la nacionalidadMás allá de la imposibilidad de votar en las próximas elecciones españolas, una de las principales preocupaciones de los afectados es que la controversia termine poniendo en riesgo la ciudadanía que ya les fue concedida.En el caso de Cuba, Pérez Cabrera señala que las dificultades cotidianas, como los prolongados apagones, la escasez de alimentos y los problemas de abastecimiento de agua, hacen que la participación electoral española no sea la principal inquietud de muchas personas. Su preocupación, afirma, se centra en conservar la nacionalidad obtenida y en evitar que sus expedientes queden invalidados.
La experta advierte de que, si el Tribunal Supremo concluyera que la instrucción de 2022 fue contraria a derecho y declarara su nulidad, podrían surgir consecuencias para las nacionalidades concedidas mediante ese procedimiento, así como para las solicitudes que todavía están pendientes de resolución.No obstante, una eventual anulación de la instrucción no significa, por sí sola, que todas las nacionalidades concedidas deban quedar automáticamente revocadas. El alcance de cualquier decisión definitiva dependerá de los fundamentos de la sentencia y de sus efectos jurídicos sobre los expedientes individuales.La controversia también pone de manifiesto las dificultades que afrontan los descendientes de emigrantes españoles para demostrar las circunstancias históricas del exilio de sus familiares. Aunque muchas familias pueden acreditar que sus antepasados abandonaron España durante el periodo comprendido entre 1936 y 1955, probar que la salida obedeció específicamente a razones políticas, ideológicas o de otra índole reconocida por la ley puede resultar complejo décadas después.Mientras continúa el procedimiento judicial, miles de personas residentes en el extranjero permanecen pendientes de una resolución que podría determinar no solo su participación en los procesos electorales españoles, sino también el futuro de los trámites de nacionalidad vinculados a la instrucción cuestionada.






